miércoles, julio 28, 2010
DÍA NACIONAL DE LUCHA CONTRA EL SIDA
La consigna este año es “por una sociedad sin exclusión”
Hace 27 años, el 29 de julio de 1983 se diagnosticó en nuestro país el primer caso VIH positivo.
Desde esa época se trabaja para controlar la epidemia. Hoy un número importante de personas viven con VIH. Sin embargo la mayor parte de la población desconoce su estado serológico.
Por ser una epidemia concentrada en ciertos grupos poblacionales, los grupos en situación de vulnerabilidad tienen tasas de prevalencia muy importantes. Los Trabajadores Sexuales el 8%, los HSH (hombres que tienen sexo con hombres) el 9% y las personas TRANS (transexuales) el 36,5%.
Debemos agregar que también ha aumentado la incidencia de las ITS (Infecciones de Transmisión Sexual) y en particular la Sífilis. En lo concerniente a la infección por VIH, que es prevenible, por sus características se transforma en una pesada carga para los servicios asistenciales y la sociedad en su conjunto. Plantea un grave problema económico por el alto costo de la asistencia y por el desafío que plantea al hacerse crónica y superarse la edad de mayor incidencia, los 34 años. A mayor edad se agregan necesidades no solo asistenciales sino laborales, económicas, familiares, sociales y psicológicas.
Hasta el momento el Programa Prioritario de ITS/SIDA, la CONASIDA y la sociedad organizada han puesto énfasis en el conocimiento de la epidemia para, en base a evidencia científica, encarar su prevención, frenar su propagación y ulteriormente, revertirla y poder hacer realidad las consignas de la Conferencia Mundial del Sida realizada hace pocos días en Viena, de una sociedad sin exclusiones, iguales derechos hoy y VIH/sida cero, En el marco del SNIS y el Plan Nacional de Salud 2010-2015, la propuesta del MSP hace suyas las prioridades de las Naciones Unidas para el SIDA para el período 2010-2011. También la sociedad organizada actúa en el mismo sentido.
Reducir la transmisión sexual del VIH.
Prevenir la muerte de madres y la transmisión vertical.
Acceso universal al tratamiento de las personas con VIH y promover su protección social.
Prevención de la muerte de las PVVS por tuberculosis.
Proteger a los usuarios de drogas de la infección de VIH.
Poner fin a las prácticas de estigma y discriminación que obstaculizan la respuesta efectiva al VIH.
Acabar con la violencia de mujeres, niñas y adolescentes y empoderarlas para que se protejan del VIH.
Reducir la transmisión por el VIH de los Hombres que tienen relaciones Sexuales con Hombres y las personas TRANS.
Por otra parte, el comienzo de la epidemia hace 29 años implicó cambios radicales en el comportamiento social a nivel mundial y en nuestro país, modificando las conductas hacia todas las personas infectadas con VIH y en particular, hacia los integrantes de la comunidad LGBT (Lesbianas, Gay, Bisexuales y Trans). Esto ocurre por ser una enfermedad de transmisión preponderantemente sexual, lo que se traduce en estigmatización primero y discriminación después, hacia todas las personas con VIH y con mayor intensidad hacia las personas LGBT, por la persistente creencia de que los homosexuales son los responsables de la epidemia y su transmisión. Este cambio en el comportamiento social implica una dificultad importante para la prevención en población general, así como en las personas LGBT. La potencial estigmatización se constituye para todas las personas, cualquiera sea su género, orientación e identidad sexual, en una barrera para realizarse el test de VIH en forma voluntaria y rutinaria, iniciar el tratamiento y adherir al mismo.
Por otra parte debemos agregar que tenemos que obligarnos a atender la situación de las personas privadas de libertad, especialmente vulnerables ya que las condiciones de detención repercuten sobre el desarrollo de la enfermedad. También dentro del acceso universal al tratamiento atender las necesidades de las PVVS del interior que en su mayoría no han tenido acceso a una consulta con infectólogo/a, lo que conduce a una atención incompleta de sus necesidades y no exenta de riesgo.
En lo atinente a los avances legislativos en materia de derechos humanos, las organizaciones LGBT gestionaron, asesoraron y/o apoyaron desde el 2002 a los Representantes Nacionales en su esfuerzo por proponer leyes contra la discriminación, la unión concubinaria y el derecho a la identidad de género y al cambio de nombre y sexo en documentos identificatorios y que contempla a las personas LGBT (cambio de los artículos del código penal 149bis, 149ter, leyes 18.246, 18.620). También se apoyaron todas las medidas concernientes a la Salud Sexual y Reproductiva. Y en el 2009, conjuntamente con el MSP y la IMM, organizaciones sociales, han trabajado sobre una Guía de Salud Sexual y Reproductiva: Capítulo Diversidad Sexual, orientado a identificar las dificultades de atención integral a la salud y recomendaciones para el trabajo y el acceso universal de esta población. Que esperamos se vayan implementando en los servicios de salud. Es prioritario en la CONASIDA el estigma y la discriminación por lo que se formó una comisión de antidiscriminación y se elaboró, por parte de la CONASIDA, un proyecto presentado a ONUSIDA para trabajar en el 2010 más enérgicamente en este sentido. Enfatizamos la situación de las personas LGBT, ya que a pesar de estos avances, la discriminación y el estigma social persiste asociado a la orientación sexual, a la identidad sexual y de género, en el marco del VIH y de una sociedad patriarcal heterocentrada.
Reclamamos a la sociedad en su conjunto, a las familias, a los centros de enseñanza, a los servicios de salud, tratar la diversidad como un componente natural de la vida y de la educación, lo que redundará en una comunidad más saludable en los vínculos que desarrollen sus componentes y en una ciudadanía mas inclusiva.
Recomendamos que los centros de salud públicos y privados implementen sistemas operativos y las guías de atención propuestas para esta población, que provean al personal técnico y administrativo de una capacitación con enfoque en la diversidad sexual, que garanticen una atención adecuada a las personas LGBT desde una perspectiva de DD.HH y de género.
Recomendamos una política legislativa que sancione cualquier forma de discriminación en los servicios de salud públicos y privados y en los sistemas educativos y laborales.
En conclusión, como expresó en el año 1991 la Prof. Agda. Dra. María del Carmen Curbelo (Departamento de Medicina Legal), el VIH/sida es en todo el mundo, un problema acuciante y sus dimensiones y repercusiones exceden lo puramente biológico para abarcar lo sexológico, antropológico, sociológico, psicológico, axiológico, etológico, cultural, económico, político, ético, legal y los DD.HH. Ha evidenciado las debilidades, desigualdades y desequilibrios de los sistemas sociales y de salud.
Y siguiendo la consigna del día de hoy decimos “POR UNA SOCIEDAD SIN EXCLUSIONES".
Desde esa época se trabaja para controlar la epidemia. Hoy un número importante de personas viven con VIH. Sin embargo la mayor parte de la población desconoce su estado serológico.
Por ser una epidemia concentrada en ciertos grupos poblacionales, los grupos en situación de vulnerabilidad tienen tasas de prevalencia muy importantes. Los Trabajadores Sexuales el 8%, los HSH (hombres que tienen sexo con hombres) el 9% y las personas TRANS (transexuales) el 36,5%.
Debemos agregar que también ha aumentado la incidencia de las ITS (Infecciones de Transmisión Sexual) y en particular la Sífilis. En lo concerniente a la infección por VIH, que es prevenible, por sus características se transforma en una pesada carga para los servicios asistenciales y la sociedad en su conjunto. Plantea un grave problema económico por el alto costo de la asistencia y por el desafío que plantea al hacerse crónica y superarse la edad de mayor incidencia, los 34 años. A mayor edad se agregan necesidades no solo asistenciales sino laborales, económicas, familiares, sociales y psicológicas.
Hasta el momento el Programa Prioritario de ITS/SIDA, la CONASIDA y la sociedad organizada han puesto énfasis en el conocimiento de la epidemia para, en base a evidencia científica, encarar su prevención, frenar su propagación y ulteriormente, revertirla y poder hacer realidad las consignas de la Conferencia Mundial del Sida realizada hace pocos días en Viena, de una sociedad sin exclusiones, iguales derechos hoy y VIH/sida cero, En el marco del SNIS y el Plan Nacional de Salud 2010-2015, la propuesta del MSP hace suyas las prioridades de las Naciones Unidas para el SIDA para el período 2010-2011. También la sociedad organizada actúa en el mismo sentido.
Reducir la transmisión sexual del VIH.
Prevenir la muerte de madres y la transmisión vertical.
Acceso universal al tratamiento de las personas con VIH y promover su protección social.
Prevención de la muerte de las PVVS por tuberculosis.
Proteger a los usuarios de drogas de la infección de VIH.
Poner fin a las prácticas de estigma y discriminación que obstaculizan la respuesta efectiva al VIH.
Acabar con la violencia de mujeres, niñas y adolescentes y empoderarlas para que se protejan del VIH.
Reducir la transmisión por el VIH de los Hombres que tienen relaciones Sexuales con Hombres y las personas TRANS.
Por otra parte, el comienzo de la epidemia hace 29 años implicó cambios radicales en el comportamiento social a nivel mundial y en nuestro país, modificando las conductas hacia todas las personas infectadas con VIH y en particular, hacia los integrantes de la comunidad LGBT (Lesbianas, Gay, Bisexuales y Trans). Esto ocurre por ser una enfermedad de transmisión preponderantemente sexual, lo que se traduce en estigmatización primero y discriminación después, hacia todas las personas con VIH y con mayor intensidad hacia las personas LGBT, por la persistente creencia de que los homosexuales son los responsables de la epidemia y su transmisión. Este cambio en el comportamiento social implica una dificultad importante para la prevención en población general, así como en las personas LGBT. La potencial estigmatización se constituye para todas las personas, cualquiera sea su género, orientación e identidad sexual, en una barrera para realizarse el test de VIH en forma voluntaria y rutinaria, iniciar el tratamiento y adherir al mismo.
Por otra parte debemos agregar que tenemos que obligarnos a atender la situación de las personas privadas de libertad, especialmente vulnerables ya que las condiciones de detención repercuten sobre el desarrollo de la enfermedad. También dentro del acceso universal al tratamiento atender las necesidades de las PVVS del interior que en su mayoría no han tenido acceso a una consulta con infectólogo/a, lo que conduce a una atención incompleta de sus necesidades y no exenta de riesgo.
En lo atinente a los avances legislativos en materia de derechos humanos, las organizaciones LGBT gestionaron, asesoraron y/o apoyaron desde el 2002 a los Representantes Nacionales en su esfuerzo por proponer leyes contra la discriminación, la unión concubinaria y el derecho a la identidad de género y al cambio de nombre y sexo en documentos identificatorios y que contempla a las personas LGBT (cambio de los artículos del código penal 149bis, 149ter, leyes 18.246, 18.620). También se apoyaron todas las medidas concernientes a la Salud Sexual y Reproductiva. Y en el 2009, conjuntamente con el MSP y la IMM, organizaciones sociales, han trabajado sobre una Guía de Salud Sexual y Reproductiva: Capítulo Diversidad Sexual, orientado a identificar las dificultades de atención integral a la salud y recomendaciones para el trabajo y el acceso universal de esta población. Que esperamos se vayan implementando en los servicios de salud. Es prioritario en la CONASIDA el estigma y la discriminación por lo que se formó una comisión de antidiscriminación y se elaboró, por parte de la CONASIDA, un proyecto presentado a ONUSIDA para trabajar en el 2010 más enérgicamente en este sentido. Enfatizamos la situación de las personas LGBT, ya que a pesar de estos avances, la discriminación y el estigma social persiste asociado a la orientación sexual, a la identidad sexual y de género, en el marco del VIH y de una sociedad patriarcal heterocentrada.
Reclamamos a la sociedad en su conjunto, a las familias, a los centros de enseñanza, a los servicios de salud, tratar la diversidad como un componente natural de la vida y de la educación, lo que redundará en una comunidad más saludable en los vínculos que desarrollen sus componentes y en una ciudadanía mas inclusiva.
Recomendamos que los centros de salud públicos y privados implementen sistemas operativos y las guías de atención propuestas para esta población, que provean al personal técnico y administrativo de una capacitación con enfoque en la diversidad sexual, que garanticen una atención adecuada a las personas LGBT desde una perspectiva de DD.HH y de género.
Recomendamos una política legislativa que sancione cualquier forma de discriminación en los servicios de salud públicos y privados y en los sistemas educativos y laborales.
En conclusión, como expresó en el año 1991 la Prof. Agda. Dra. María del Carmen Curbelo (Departamento de Medicina Legal), el VIH/sida es en todo el mundo, un problema acuciante y sus dimensiones y repercusiones exceden lo puramente biológico para abarcar lo sexológico, antropológico, sociológico, psicológico, axiológico, etológico, cultural, económico, político, ético, legal y los DD.HH. Ha evidenciado las debilidades, desigualdades y desequilibrios de los sistemas sociales y de salud.
Y siguiendo la consigna del día de hoy decimos “POR UNA SOCIEDAD SIN EXCLUSIONES".
sábado, julio 03, 2010
Reglamentación de la Ley de Cambio de Nombre y Sexo Registral Nº 18.620
Opinión de CIEI-SU
Desde CIEI-SU no compartimos lo que expresa el artículo del diario "El País" digital del viernes 02 de julio de 2010. El cambio de nombre y sexo se puede hacer en todos los documentos menos en la partida de nacimiento, si la anotación. La ex senadora Margarita Percovich "autora de la ley", no tuvo la reunión de la secretaría de Presidencia para acelerar esa aprobación. El decreto reglamentario lo hicieron sin consultar a quienes habían venido trabajando en el tema. Nosotros aun no lo tenemos. Lo que porsupuesto si tenemos es el texto de la ley que es la ley Nº 18.620, hay un error en el número pero puede corresponder al tipeo.
Nacional
Máximo de 150 días para los trámites de cambio de sexo
Decreto. Comisión definirá quiénes pueden hacer el trámite
Mediante decreto, el gobierno reglamentó la ley de cambio de nombre y sexo, que permitirá a travestis y transexuales modificar su partida de nacimiento. Un equipo multidisciplinario definirá quiénes pueden acceder a este trámite.
Un médico psiquiatra, un asistente social y un psicólogo, "todos de reconocidas aptitudes y solvencia demostrada", serán los integrantes de una Comisión Asesora, que se integrará a la Dirección General del Registro de Estado Civil para evaluar las demandas de los interesados en cambiar de nombre y sexo en sus documentos de identidad.
Esto quedó así definido en un decreto reglamentario de la ley de cambio de nombre y sexo que fue aprobada a fines del gobierno pasado.
El decreto establece que los integrantes de esta Comisión Asesora deberán ser funcionarios públicos y durarán dos años en sus cargos, con opción a una renovación por igual periodo.
Según la norma, la competencia "exclusiva y excluyente" de la comisión es la elaboración de un informe técnico psico-social, donde se deberá detallar en forma "expresa y fundamentada" los argumentos existentes para avalar la demanda de los interesados al cambio de identidad ante el Registro Civil.
La Comisión Asesora dispondrá de un plazo de 150 días, contados desde que recibió el petitorio, para expedirse sobre el tema.
La fase de estudio del trámite presentado se realizará "necesariamente" mediante entrevistas personales con el solicitante, y la comisión puede disponer de los mecanismos de investigación y análisis que estime oportunos, agrega el decreto publicado ayer.
Sin operaciones. La ley 18.260 de cambio de nombre y sexo en los documentos identificatorios fue aprobada en octubre de 2009 tras varias discusiones parlamentarias.
Uno de los cambios más sustanciales que introduce la norma es que la persona no debe realizarse intervenciones quirúrgicas de reasignación de sexo para iniciar el trámite.
El año pasado, antes de aprobada la ley, había decenas de sentencias que avalaban el cambio de género, pero eran de personas que se habían realizado estas operaciones, las cuales insumen al menos cinco años y varias intervenciones.
Además, la mayoría de los travestis no están interesados en hacerse operaciones para cambiar su sexo, algo que sí sienten como necesario muchos transexuales.
Mauricio Coitiño, integrante del colectivo Ovejas Negras, de gais, lesbianas, travestis, transexuales y bisexuales, opinó en su momento que "todas las personas trans van a querer hacer el trámite" de cambio de sexo y nombre, porque "es sencillo y les habilita el cambio automático del nombre en toda la documentación".
La ex senadora oficialista Margarita Percovich, había destacado que la ley "evita la violencia de que llamen a una persona por el nombre que está inscripto", cuando su aspecto es otro. También dijo que brinda "seguridad para conseguir trabajo", porque la persona se presenta "como siente que es".
Derechos. La ley establece que "toda persona tiene derecho al libre desarrollo de su personalidad conforme a su propia identidad de género, con independencia de cuál sea su sexo biológico, genético, anatómico, morfológico, hormonal, de asignación u otro". Y se afirma que "este derecho incluye el de ser identificado de forma que se reconozca plenamente la identidad de género".
Según queda establecido en la norma, una vez realizado el trámite de cambio de género, no se podrá volver atrás hasta cinco años después.
[Artículo del diario "El País digital" 02-07-2010]
Desde CIEI-SU no compartimos lo que expresa el artículo del diario "El País" digital del viernes 02 de julio de 2010. El cambio de nombre y sexo se puede hacer en todos los documentos menos en la partida de nacimiento, si la anotación. La ex senadora Margarita Percovich "autora de la ley", no tuvo la reunión de la secretaría de Presidencia para acelerar esa aprobación. El decreto reglamentario lo hicieron sin consultar a quienes habían venido trabajando en el tema. Nosotros aun no lo tenemos. Lo que porsupuesto si tenemos es el texto de la ley que es la ley Nº 18.620, hay un error en el número pero puede corresponder al tipeo.
Nacional
Máximo de 150 días para los trámites de cambio de sexo
Decreto. Comisión definirá quiénes pueden hacer el trámite
Mediante decreto, el gobierno reglamentó la ley de cambio de nombre y sexo, que permitirá a travestis y transexuales modificar su partida de nacimiento. Un equipo multidisciplinario definirá quiénes pueden acceder a este trámite.
Un médico psiquiatra, un asistente social y un psicólogo, "todos de reconocidas aptitudes y solvencia demostrada", serán los integrantes de una Comisión Asesora, que se integrará a la Dirección General del Registro de Estado Civil para evaluar las demandas de los interesados en cambiar de nombre y sexo en sus documentos de identidad.
Esto quedó así definido en un decreto reglamentario de la ley de cambio de nombre y sexo que fue aprobada a fines del gobierno pasado.
El decreto establece que los integrantes de esta Comisión Asesora deberán ser funcionarios públicos y durarán dos años en sus cargos, con opción a una renovación por igual periodo.
Según la norma, la competencia "exclusiva y excluyente" de la comisión es la elaboración de un informe técnico psico-social, donde se deberá detallar en forma "expresa y fundamentada" los argumentos existentes para avalar la demanda de los interesados al cambio de identidad ante el Registro Civil.
La Comisión Asesora dispondrá de un plazo de 150 días, contados desde que recibió el petitorio, para expedirse sobre el tema.
La fase de estudio del trámite presentado se realizará "necesariamente" mediante entrevistas personales con el solicitante, y la comisión puede disponer de los mecanismos de investigación y análisis que estime oportunos, agrega el decreto publicado ayer.
Sin operaciones. La ley 18.260 de cambio de nombre y sexo en los documentos identificatorios fue aprobada en octubre de 2009 tras varias discusiones parlamentarias.
Uno de los cambios más sustanciales que introduce la norma es que la persona no debe realizarse intervenciones quirúrgicas de reasignación de sexo para iniciar el trámite.
El año pasado, antes de aprobada la ley, había decenas de sentencias que avalaban el cambio de género, pero eran de personas que se habían realizado estas operaciones, las cuales insumen al menos cinco años y varias intervenciones.
Además, la mayoría de los travestis no están interesados en hacerse operaciones para cambiar su sexo, algo que sí sienten como necesario muchos transexuales.
Mauricio Coitiño, integrante del colectivo Ovejas Negras, de gais, lesbianas, travestis, transexuales y bisexuales, opinó en su momento que "todas las personas trans van a querer hacer el trámite" de cambio de sexo y nombre, porque "es sencillo y les habilita el cambio automático del nombre en toda la documentación".
La ex senadora oficialista Margarita Percovich, había destacado que la ley "evita la violencia de que llamen a una persona por el nombre que está inscripto", cuando su aspecto es otro. También dijo que brinda "seguridad para conseguir trabajo", porque la persona se presenta "como siente que es".
Derechos. La ley establece que "toda persona tiene derecho al libre desarrollo de su personalidad conforme a su propia identidad de género, con independencia de cuál sea su sexo biológico, genético, anatómico, morfológico, hormonal, de asignación u otro". Y se afirma que "este derecho incluye el de ser identificado de forma que se reconozca plenamente la identidad de género".
Según queda establecido en la norma, una vez realizado el trámite de cambio de género, no se podrá volver atrás hasta cinco años después.
[Artículo del diario "El País digital" 02-07-2010]